Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, explicó para El Diario que la nueva disposición es un riesgo porque puede ser empleada como represalia contra los beneficiarios de las actividades de estas agrupaciones de la sociedad civil, e incrementar de esta forma el control social.
El régimen de Nicolás Maduro continúa el asedio contra las organizaciones no gubernamentales (ONG) de Venezuela. A través de una normativa para el Registro Unificado de Sujetos Obligados ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, el chavismo pretende supervisar los donantes y beneficiarios de estas agrupaciones de la sociedad civil. Según Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, esto busca acallar a las ONG y puede incrementar el control social por parte del Estado.
“Se está haciendo un cerco jurídico a lo que ya también ocurría, que era el cerco material”, declaró Daniels para El Diario.
El abogado constitucionalista explicó que la normativa implica la legislación directa del Estado en materia de las ONG venezolanas. De esta manera, a través de la providencia N.° 001-2021 publicada en Gaceta Oficial 42.098 (30/3/2021), el jefe de la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento estableció un registro en el cual deben inscribirse las ONG en un lapso de 30 días.
Si bien este tipo de supervisiones contra la delincuencia organizada estaban previstas en la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo de 2012, hasta ahora incluía solamente a la figura de “sujetos obligados”, es decir, quienes estuvieran subornidanos a un órgano de control (las ONG no están bajo ningún órgano de control o una ley especial, aclara el abogado). En cambio, en esta providencia se añade explícitamente a las agrupaciones sin fines de lucro. Por lo tanto, Daniels señaló que contrario al ordenamiento jurídico, esta providencia amplía la Ley, más no la interpreta.
Entre los recaudos que el régimen exigirá a las ONG destaca la entrega de un listado de los organismos (nacionales o extranjeros) de los cuales reciba dádivas, donaciones o aportes; un listado de las sucursales extranjeras de las organizaciones internacionales, y de otras organizaciones con las que hayan acordado algún tipo de asociación; así como un listado de personas beneficiarias, debidamente identificadas, que reciban asistencia benéfica, humanitaria u otro tipo de asistencia.
Vicio de la ley
De acuerdo con Daniels, esta regulación no solamente incluye a las ONG que denuncian, vigilan y siguen las violaciones de derechos humanos, sino también a todas aquellas que cumplen un rol social como comedores, sí como organizaciones que se dedican a la donación de alimentos, ropa o dinero.
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