El rector del Consejo Nacional Electoral (CNE) Roberto Picón, rechazó este lunes el uso de la sanción de inhabilitación a aspirantes a los cargos de alcaldes y gobernadores que se elegirán el próximo domingo 21 de noviembre.
«Vemos con preocupación cómo vuelve a entrar en la escena política del país el uso de la sanción accesoria de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, en tiempos en que se avecina un proceso electoral», expresó Picón por medio de un comunicado publicado en su cuenta de la red social Twitter.
Picón confirmó que a Leocenis García coordinador nacional del partido opositor ProCiudadanos y Eduardo Samán, aspirantes a la alcaldía de Caracas, se les impidió formalizar su candidatura por esta sanción.
«Los ciudadanos mencionados anunciaron su intención de ejercer su derecho político al voto al postularse a un cargo de elección popular, pero fueron sorprendidos por decisiones de última hora que no les fueron debidas ni oportunamente notificadas», agregó.
Picón señaló que en el artículo 65 de la Constitución venezolana se establece que no podrán optar a un cargo de elección popular quienes hayan sido condenados por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y que esa circunstancia prevista pretende garantizar los derechos fundamentales, como el político.
«Con tales previsiones constitucionales, se apunta a brindar la mayor garantía posible para el ejercicio de los derechos ciudadanos, sin que sufran interferencia por decisiones oportunistas en sede administrativa», indicó.
Por otra partes detalló que la exigencia de la sentencia definitiva «pretende tutelar el derecho al debido proceso, que incluye el derecho a la defensa, tanto en las actuaciones judiciales como en las actuaciones administrativas, todo esto apegado al contenido del artículo 49 de la Constitución», unos preceptos que, a su juicio, fueron obviados en estos casos.
«Las inhabilitaciones políticas practicadas en estos términos mutan en su diseño constitucional de ser penas accesorias a sanciones principales por la vía de los hechos», expresó.
Agregó que a eso se suma «el agravante de que la sanción accesoria queda suspendida hasta el momento en el que el decisor juzgue conveniente activarla, dando a esa decisión discrecional un giro absolutamente inaceptable, por inconstitucional, cuyo efecto es incluso violatorio de los principios de supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales».
Ante esto el vicepresidente del CNE, Enrique Márquez, también compartió la postura de Picón y agregó, en su cuenta de Twitter, que «el uso discrecional de la sanción accesoria de inhabilitación para ejercicio de cargos públicos quebranta derechos políticos de los ciudadanos».
Comparto el comunicado del rector @rpiconh sobre nuevas inhabilitaciones en vísperas del 21N, y suscribo su preocupación: el uso discrecional de la sanción accesoria de inhabilitación para ejercicio de cargos públicos, quebranta derechos políticos de los ciudadanos. https://t.co/1Mhvk1awQJ
— Enrique Márquez (@ENRIQUEMARQUEZP) September 13, 2021
El próximo 21 de noviembre, Venezuela celebra las megaelecciones para escoger a los gobernadores de 23 estados y a los alcaldes de 335 municipios, así como a los representantes de los Consejos Legislativos.
COMUNICADO:
Vemos con preocupación cómo vuelve a entrar en la escena política del país el uso de la sanción accesoria de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos, en tiempos en que se avecina un proceso electoral. pic.twitter.com/KhLNHJwJs7— Roberto Picón (@rpiconh) September 13, 2021
Casos recientes evidencian cómo las condiciones constitucionales son obviadas: ciudadanos que anunciaron su intención de ejercer su derecho político al voto al postularse a un cargo de elección popular, pero fueron sorprendidos por decisiones de última hora. pic.twitter.com/CfpCElm95o
— Roberto Picón – Rector – Junta Nacional Electoral (@rpiconh) September 13, 2021
Inhabilitaciones políticas practicadas en estos términos, mutan en su diseño constitucional de ser penas accesorias a sanciones principales por la vía de los hechos; dando a esa decisión discrecional un giro absolutamente inaceptable e inconstitucional. pic.twitter.com/ZHGuLKzbOi
— Roberto Picón (@rpiconh) September 13, 2021
En atención a esta preocupante situación, instamos a todos los afectados por inhabilitaciones producidas en condiciones altamente irregulares, a documentar y denunciar sus casos ante los organismos competentes. pic.twitter.com/eokptZz3Vb
— Roberto Picón – Rector – Junta Nacional Electoral (@rpiconh) September 13, 2021
La exigencia de sentencia definitiva implica el derecho al debido proceso, esto es, derecho a la defensa tanto en actuaciones judiciales como administrativas. En ese sentido, todos los ciudadanos tienen derecho a ser notificados oportunamente acerca de esos procedimientos.
— Enrique Márquez (@ENRIQUEMARQUEZP) September 13, 2021
Lamentablemente esas condiciones constitucionales no se cumplieron.En el caso de Samán y García, la notificación de inhabilitación política se produjo a última hora.El giro discrecional de la aplicación de la norma resulta inaceptable, por inconstitucional pic.twitter.com/hXPmgJXiFu
— Enrique Márquez (@ENRIQUEMARQUEZP) September 13, 2021
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