A falta de votos, bueno es el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Ante la posibilidad real la oposición se hiciera, por primera vez en casi dos décadas, con la Gobernación del estado Barinas, la Sala Electoral intervino y ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) paralizar “los procedimientos y/o procesos vinculados a la totalización, adjudicación y proclamación” del cargo de primer mandatario de la entidad llanera. Una actuación que recuerda a lo ocurrido en las elecciones parlamentarias de 2015.
Por Transparencia Venezuela
La orden la giró la instancia en su sentencia número 78, informó el máximo juzgado mediante un escueto comunicado de prensa, en el cual se asegura que su decisión fue en respuesta a una petición que le hiciera el exdiputado, Adolfo Ramón Superlano, quien es vinculado a los llamados “alacranes” y fue sancionado del Departamento del Tesoro de Estados Unidos el 13 de enero de 2020, junto a otros seis parlamentarios “alineados con Maduro que tomaron medidas para socavar el proceso electoral en la Asamblea Nacional”, grupo liderado por el diputado Luis Parra Rivero, según la información oficial.
El abanderado del partido MIN Unidad denunció que en el proceso desarrollado el 21 de noviembre de 2021 estuvo plagado de vicios, entre los cuales figuran el hecho de que el aspirante de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y quien encabeza el recuento de los votos, Freddy Superlano, habría sido inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por parte de la Contraloría General de la República y además está sometido a procesos penales.
En diciembre de 2019, el contralor designado por la cuestionada Asamblea Nacional Constituyente, Elvis Amoroso, incluyó a Freddy Superlano en una lista de miembros del Parlamento electo en 2015 que podrían ser sancionados por su despacho con una medida que les impediría ejercer cargos públicos, por presuntas irregularidades con el manejo de la “ayuda humanitaria”.
Asimismo, argumentó que Freddy Superlano tenía abiertas varias causas en el Ministerio Público, por haber participado en decisiones que el TSJ consideró que desacataban sus instrucciones y representaban un “asalto al Estado”. Sin embargo, el 31 de agosto de 2021 Nicolás Maduro le concedió el indulto presidencial, junto a otras 109 personas, según figura en el decreto presidencial 4.277 dictado ese día y aparecido en la Gaceta Oficial extraordinaria 6.569.
Déjà vu
La decisión de la Sala Electoral de paralizar el recuento de los votos en Barinas ha tenido el mismo resultado que su decisión respecto a los diputados de Amazonas electos en 2015: ha perjudicado electoralmente a la oposición. En el primer caso le cierra las puertas a sumar una nueva Gobernación a las filas opositoras y en el segundo despojó a la oposición de la mayoría calificada de 2/3 partes, lo que habría facultado al anterior Parlamento hasta para reformar la Constitución Nacional.
Sin embargo, en esta ocasión hay algunas variantes a la actuación del máximo juzgado. La primera es que actuó antes de que hubiera una proclamación y la segunda es que no atendió la demanda del oficialismo, sino político que se presenta también como opositor. El demandante, Adolfo Superlano, fue miembro de la AN electa en 2015, pero en 2019 fue apartado por sus colegas luego de que se revelara que participó junto un pequeño grupo de legisladores en maniobras para blanquear la imagen de Álex Saab, el presunto testaferro de Maduro procesado en Estados Unidos.
Sin embargo, más allá de las diferencias anteriores hay motivos para sospechar que la decisión del TSJ busca favorecer al chavismo. El fundamental es que casi seis años después de que impidiera a los diputados de Amazonas ocupar sus escaños no dictaminado aún si eran ciertas o no las denuncias del oficialismo sobre supuestas irregularidades en la elección de esos parlamentarios.
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