A más de dos semanas de que trascendió que se aplicarían impuestos a los servicios de envíos marítimos de puerta a puerta, aún no se ha publicado nada oficial que permita dilucidar la veracidad de la lluvia de información que circula en redes sociales ni que permita conocer a ciencia cierta cómo se aplicarán las nuevas disposiciones tributarias y de qué manera afectarán la economía nacional.
Por EL NACIONAL
Por ello, a continuación se presentan algunas claves para comprender el funcionamiento de los couriers, las compañías que prestan el servicio de puerta a puerta, y qué establece la legislación venezolana en esa materia.
El Nacional entrevistó asimismo al economista Leonardo Vera, profesor titular de la Escuela de Economía de la Universidad Central de Venezuela, sobre el impacto que podría tener en el país la aplicación de tributos a los servicios de puerta a puerta.
¿Evasión fiscal en envíos puerta a puerta?
La información sobre las medidas a aplicar para los envíos marítimos de puerta a puerta se supo a través de las compañías de encomiendas que notificaron a sus clientes que se comenzarían a aplicar tarifas más altas debido a impuestos o que mantendrían sus mismas tarifas pero ejecutarían cobros adicionales por los tributos aplicables. También se supo que solo aplica a envíos marítimos, y no a los aéreos ni terrestres.
El 5 de julio trascendió que habían quedado suspendidos los envíos marítimos, según Bloomberg en Línea. Dos días después, Delcy Rodríguez, vicepresidenta ejecutiva, negó la información, pero la paralización se mantuvo al menos hasta el día 14, cuando algunas compañías comenzaron a notificar la reanudación de sus operaciones marítimas.
No obstante, a la fecha, aunque las compañías han ido publicando paulatinamente las nuevas tarifas, no ha quedado claro el método para calcularlas, debido a que aún no se han publicado las nuevas disposiciones en la Gaceta Oficial. Por lo que, según las críticas de los usuarios, las tarifas parecieran arbitrarias debido a que difieren de una compañía a otra respecto a cómo cobrarán los impuestos.
En general, con base en lo que varias empresas han notificado a sus clientes, se puede deducir que se dividirán las cargas en dos denominaciones: personales y comerciales. Las empresas que han anunciado esta distinción aplicarán un impuesto de 38 dólares para las cargas personales sin importar el tipo de productos ni el peso ni el volumen del paquete, siempre que sea inferior a 100 dólares.
Al mismo tiempo se ha anunciado que las cargas comerciales estarán sujetas a impuestos aplicables según el código arancelario, más el Impuesto al Valor Agregado (IVA), establecido en 16%, más 1% por servicio de aduana. Pero, algunas compañías couriers también están considerando como cargas comerciales los paquetes que contengan seis productos del mismo tipo, sin importar si el valor total del paquete es inferior a 100 dólares. Otras han hecho mención de cargas personales aunque sean mayores a 100 dólares, por lo que no queda del todo claro cómo se determina que un paquete es personal o comercial. Una de las formas que se han mencionado para distinguir que una carga es comercial es si contiene seis o más productos iguales.
Respecto al cobro según el código arancelario significa que dependiendo del tipo de producto se aplicarán distintos porcentajes de impuesto, de hecho, algunos pueden estar exonerados. Pero, generalmente, por ejemplo, los productos relacionados con la alimentación y la salud están sujetos a tributos más bajos que otros rubros como vestimenta, calzado, licores y tecnología.
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