El Banco Central de Venezuela emitió un comunicado donde señala que el plazo que tienen los prestadores no bancarios de servicios de pago para adecuarse a la norma vigente que regula su funcionamiento se vence este 17 de diciembre, por lo que las empresas que no han acudido al ente emisor a demostrar su adecuación a los parámetros previstos en la Resolución N° 18-12-01 del 4 de diciembre de 2018.
Por Banca y negocios
Los elementos fundamentales de este normativa implican los sistemas de garantías, protección de usuarios y normas de funcionamiento para las empresas que prestan servicios de pago en Venezuela. La norma original fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.547 del 17 de diciembre de 2018.
El comunicado señala que «se informa que los mencionados sujetos que no cumplan con la obligación contenida en la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución N° 18-12-01 en el plazo allí indicado, deberán cesar la prestación de cualquier servicio que pudiera ser catalogado como un servicio de pago a partir del 18 de diciembre de 2019 y hasta que el Banco Central de Venezuela emita la autorización correspondiente».
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