El abogado Jaime Lombana se pronunció frente a la polémica Ley de Sometimiento donde dejó ver el desgaste legislativo y puso en evidencia la colcha de retazos inconstitucional, que favorecen a los grandes carteles de la corrupción en Colombia.
El jurista explicó que que esos sometimientos colectivos son violatorios de garantías constitucionales, y, desde el punto de vista político-criminal, son totalmente equivocados. Igualmente puso en evidencia la inoperancia y el paquidermismo en la administración de justicia del Estado colombiano que según Lombana otorga el ropaje a unos clanes criminales que supuestamente tienen arrinconado al Estado y por eso se les da otra gabela, lo cual ya es censurable de entrada, incluyendo una figura totalmente extraña, que son los grupos delictivos organizados.
Los grupos armados organizados tiene una circunstancia criminal distinta sobre la cual, por su fuerza criminal, el Estado quiere legislar de manera específica. “Intuyo que es un proceso de invitación normativa a esos grupos armados a que se acojan precisamente a los beneficios que establece esta ley, dándoles unas granjas agrícolas y unos beneficios del 50 por ciento por aceptación, con principios de oportunidad y preacuerdos” dice Lombana.
Igualmente indica que las ventajas para el sometimiento a la justicia de integrantes de grupos armados ya existía, pero “mi crítica va a que bajo el ropaje y el disfraz de legislar para esos grupos armados organizados, que tienen, para el sentir del gobierno y del Legislativo, arrinconado al Estado, meten un mico con claros visos de beneficios a los grandes grupos de corrupción. A la criminalidad de cuello blanco, a la gran corrupción que ha dominado y desangrado este país, bajo el sofisticado nombre de los grupos delictivos organizados, GDO, dándoles varias gabelas.” Concluye.
De la misma manera concluye que hay una serie de normas que establece esta ley que son extrañas, cuestionables y que buscan beneficiar descaradamente a grupos organizados de corrupción, pues se le dan unas gabelas de entrada, advirtiendo que esa inclusión de los denominados GDO o grupos delictivos organizados es inconstitucional y rompe el principio de unidad de materia. Por ejemplo, establece la figura delictiva organizada como un grupo estructurado de tres o más personas, que permanecen en el tiempo y actúan concertadamente con el propósito de cometer delitos con beneficio económico.
Jaime Lombana argumenta que la nueva ley da unos criterios exageradamente amplios de aplicación al juez, de los que se deriva que prácticamente ningún grupo organizado de corrupción pueda ser privado de la libertad y las penas de los delitos contra la administración pública no se están endureciendo. Endurece sofísticamente la pena del tipo del concierto para delinquir, pero también trae unas gabelas donde amplía la manera de acceder a los principios de oportunidad y a los preacuerdos. Y resalta que los preacuerdos no necesariamente llevan el aval de la cúpula de la Fiscalía, que por lo menos en el principio de oportunidad sí ejerce un control.
Nota de Prensa
Si quieres recibir en tu celular esta y otras informaciones descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/albertorodnews y dale click a +Unirme.