La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechazó la Providencia Administrativa No. 001-2021, que exige a las organizaciones sin fines de lucro a inscribirse ante la Oficina Nacional Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT).
En un comunicado, la CIDH exhortó al Estado venezolano a dejar sin efecto esta providencia administrativa y garantizar el derecho de asociación de las organizaciones no gubernamentales.
La CIDH advirtió que requerir a las organizaciones sin fines de lucro registrarse ante la ONCDOFT e informar sobre sus donantes y beneficiarios tiene el potencial de promover la estigmatización de las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos.
La Comisión consideró preocupante que las organizaciones sin fines de lucro deban identificar a las personas beneficiarias de sus actividades, lo que podría incrementar su situación de vulnerabilidad y el riesgo de ser víctimas de represalias.
“El derecho a recibir financiamiento en el marco de la cooperación internacional para la defensa y promoción de los derechos humanos está protegido por la libertad de asociación”, recordó la CIDH.
Con información de Monitoreamos
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