La Aeronáutica Civil de Colombia emitió un comunicado la noche de este viernes 10 de enero, confirmando el aterrizaje de una aeronave venezolana en varias ciudades colombianas, incluyendo Cartagena, Rionegro y Bogotá, horas antes de la posesión presidencial en Venezuela.
Por Semana
El avión en cuestión, un jet con matrícula YV-3164, fue identificado tras ser detectado por Flight Aware, una reconocida compañía que ofrece datos en tiempo real sobre vuelos a nivel global. Según el reporte, los movimientos de la aeronave generaron interés debido a su itinerario inusual en el contexto político actual de Venezuela.
“La aeronave, objeto de interés mediático, ostenta una matrícula civil venezolana (YV3164). En tal razón, el día 8 de enero de 2025, recibió el tratamiento propio de cualquier aeronave civil, siendo atendida en el Aeropuerto Internacional El Dorado con posterioridad al aterrizaje por la empresa Aerosupport, titular de un permiso de operación que la autoriza para ofrecer servicios de escala en aeropuerto a aeronaves colombianas o extranjeras procedentes de cualquier parte del mundo, conforme a sus capacidades. Por ese motivo, la aeronave se estacionó y fue atendida en la plataforma de dicha organización aeronáutica, donde las autoridades competentes pudieron efectuar los controles de ingreso y salida correspondientes (migración, aduanas y sanitarios, entre otros)”, detalla el comunicado de la Aerocivil.
Sin embargo, la entidad fue enfática al mencionar que los cielos de Colombia están disponibles para la operación de aeronaves civiles provenientes de cualquiera de los 193 países miembros del Convenio de Chicago sobre aviación civil internacional.
En su comunicado, la entidad resaltó que, de acuerdo con el artículo 5 de dicho convenio, “los Estados contratantes convienen en que todas las aeronaves de los otros Estados contratantes que no se dediquen a servicios aéreos internacionales de itinerario fijo, tendrán derecho, sujeto a la observancia de los términos de esta convención, a hacer vuelos o a transitar sin escalas sobre su territorio y a hacer escalas para fines no comerciales sin necesidad de obtener permiso previo”.
En línea con lo anterior, los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC 91 – Reglas Generales de Vuelo y Operación) disponen que las aeronaves extranjeras de aviación general, “podrán sobrevolar el territorio nacional y podrán aterrizar siendo admitidas temporalmente en él, sin necesidad de autorización especial hasta por un término de 48 horas, siempre que ingresen al país y salgan de él a través del mismo aeropuerto internacional, sin tocar ningún otro aeropuerto colombiano”.
Por otro lado, la Aeronáutica Civil de Colombia aclaró que el control sobre las personas, carga o equipajes a bordo de aeronaves no corresponde a las autoridades aeronáuticas de los Estados. “Toda aeronave civil de cualquier nacionalidad que ingrese o salga, hacia o desde un aeropuerto internacional en territorio de cualquier país, queda sujeta a los controles de policía, migración, aduanas y sanitarios que correspondan, brindados por las autoridades competentes”, dice la entidad.
Comunicado oficial pic.twitter.com/2O2lbrKgtu
— Aeronáutica Civil (@AerocivilCol) January 11, 2025
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