El Gobierno de Perú decidió no promulgar una polémica ley aprobada en diciembre pasado por el Congreso contra la «usura financiera» por considerar que afecta el proceso de inclusión al sistema en el país y es inconstitucional.
EFE
Un comunicado oficial señaló este martes que la norma «resulta perjudicial para la estabilidad del sistema financiero y la protección del ahorro» y generaría «una severa afectación económica y exclusión financiera, principalmente al pequeño consumidor».
Tras indicar que esto implicaría «un retroceso en el proceso de inclusión financiera», añadió que se decidió «observar» la ley tras también considerar las opiniones del Banco Central de Reserva (BCRP) y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
UNA POLÉMICA LEY
El Congreso aprobó el pasado 30 de diciembre establecer, entre otros puntos, que el BCRP debía fijar límites semestrales a las tasas de interés que cobran las entidades financieras en el país.
La propuesta, que generó un amplio rechazo de economistas, representantes de entidades financieras y del Gobierno, propuso cambios en la Ley Orgánica del BCRP, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y la ley de la SBS.
Al exponer el proyecto, el presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso, Johan Flores, aseguró que beneficiaba a todos «los que pagan elevadas tasas de interés», más aún en medio de la crisis económica generada en el país por la pandemia.
OTRAS RESTRICCIONES
La norma también prohibía la capitalización de intereses y el cobro de penalidades u otras comisiones diferentes a los intereses en caso de incumplimiento o atraso en el pago del crédito, además de indicar que solo se cobrarían comisiones por la prestación de un servicio adicional o complementario a las operaciones contratadas.
Estableció que la SBS debía sancionar si se identificaban cláusulas «abusivas» en tasas de interés, comisiones o gastos en los bancos, además de que las financieras presentarían la opción de un seguro de desgravamen a devolverse al finalizar el pago.
El proyecto eliminaba otros cobros que se hacen en Perú como por membresía o afiliación, salvo pacto entre las partes, y la comisión por el retiro en cajero automático, ventanillas u otros agentes en una localidad distinta a donde se abrió la cuenta.
LA POSICIÓN DEL GOBIERNO
Este martes, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sostuvo que los topes a las tasas de interés «afectarán a las personas de menores ingresos» y que «las más afectadas» serán las entidades especializadas en créditos de consumo o en créditos a las pequeñas empresas, así como sus clientes.
Agregó que existe «evidencia internacional desfavorable» sobre estas normas, ya que en América Latina y el Caribe el 79 % de los países con topes de tasas «presenta un menor nivel de inclusión financiera» con respecto a los países que, como Perú, permiten la libre competencia en las tasas de interés.
«Además, dicha propuesta contraviene el principio constitucional de la libre competencia, la libertad de empresa y la libertad de contratación», remarcó antes de indicar que «se constituye en una forma extrema de intervención estatal que afecta los mecanismos de transmisión de información, y desincentiva el desarrollo del mercado financiero».
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