La Corte Nacional de Justicia ha solicitado a la Asamblea Nacional de Ecuador que autorice el inicio de un juicio penal por calumnias contra la asambleísta Mónica Palacios, perteneciente al movimiento Revolución Ciudadana, del ex presidente Rafael Correa, en respuesta a una querella presentada por el presidente Daniel Noboa. La jueza nacional encargada, Mercedes Caicedo, dispuso que, aunque las declaraciones de Palacios fueron realizadas mientras estaba suspendida de sus funciones parlamentarias, es necesario cumplir con el trámite constitucional para evitar futuras nulidades en el proceso penal por lo que la Legislatura deberá pronunciarse.
La querella señala que Palacios habría calumniado al presidente Noboa durante un evento público en Chone, provincia de Manabí, el 22 de junio de 2024. Según el documento, Palacios afirmó: “Daniel Noboa, ¿para qué va a robar pues? Guillermo Lasso, ¿por qué va a robar?, si son empresarios exitosos, banqueros exitosos. Pero si ven la realidad, queridos compatriotas, son los que más han robado en este país, esos ladrones”. Estas declaraciones también fueron replicadas en su cuenta oficial en la red social X (antes Twitter).
El presidente Noboa considera que las afirmaciones de la legisladora son calumniosas, infundadas y dañan gravemente su honor y reputación, razón por la cual presentó la querella como una acción privada. Según la información de la causa disponible en el sistema de consulta de procesos judiciales de Ecuador, Noboa compareció ayer ante la jueza Caicedo para ratificar su firma y rúbrica en la querella, cumpliendo con las formalidades legales.
El artículo 128 de la Constitución de Ecuador garantiza a los asambleístas un fuero y una protección especial durante el ejercicio de sus funciones, protegiéndolos de responsabilidades civiles o penales por opiniones emitidas en el ámbito legislativo. Sin embargo, este fuero no es absoluto. Para que un asambleísta sea procesado penalmente, es necesaria la autorización del Pleno de la Asamblea Nacional, excepto si las acciones en cuestión no guardan relación con sus funciones parlamentarias.
En este caso, la defensa argumentó que las declaraciones de Palacios, realizadas durante su suspensión de 60 días por una falta administrativa muy grave (acoso laboral), no estarían protegidas por el fuero parlamentario. No obstante, en un ejercicio de cautela jurídica, la jueza decidió solicitar la autorización de la Asamblea para asegurar que el proceso cumpla con todas las garantías constitucionales.
Según la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la solicitud de autorización para enjuiciar a un asambleísta debe ser debatida y aprobada por una mayoría calificada del Pleno. Si la Asamblea no responde en un plazo de 30 días, la autorización se considerará concedida. Este procedimiento busca equilibrar la protección del fuero parlamentario con el principio de igualdad ante la ley.
La decisión de la Asamblea Nacional será crucial para definir el curso del proceso judicial. De aprobarse la autorización, el caso contra Palacios avanzará en la Corte Nacional, donde se evaluará si las declaraciones de la legisladora constituyen un delito de calumnia. En caso contrario, el proceso quedaría paralizado.
Para que Palacios sea procesada se requerirán 92 votos en la Legislatura, donde la primera minoría está compuesta por el correísmo.
“Yo creo que el presidente de la República debería estar ocupado en resolver las necesidades de todos los ecuatorianos, especialmente con la crisis energética que tenemos”, dijo Palacios al medio Only Panas. La legisladora indicó no tener miedo del mandatario y aseguró que ella solo dijo la verdad al hablar de la “ineptitud, inoperancia e incompetencia” de Noboa. Además, la asambleísta señaló que la Constitución la respalda.
Hasta el momento, no habido ningún pronunciamiento público por parte del presidente Noboa o del gobierno sobre esta causa.
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