La jueza 30 de control de garantías de Bogotá, concedió este sábado 30 de octubre la libertad inmediata del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Aseguró que no puede haber privación de la libertad sin imputación de cargos.
En ese sentido, el exmandatario escribió minutos después de conocerse la decisión de la juez en su cuenta de Twitter el siguiente mensaje: «Gracias a Dios», dijo.
Gracias a Dios
— Álvaro Uribe Vélez (@AlvaroUribeVel) October 10, 2020
Al inicio de la audiencia, en la mañana de este sábado, la funcionaria judicial calificó como destinados los cuestionamientos realizados por la Fiscalía a la diligencia de intagatoria al expresidente Álvaro Uribe.
Indicó que esos señalamientos desviaron la atención del debate en el juzgado que era definir la petición de libertad hecha por la defensa del exmandatario.
La juez si dio crédito a los precedentes llevados por la Fiscalía a la audiencia sobre la posibilidad de hacer una armonización entre el viejo y el nuevo sistema.
El caso en la Corte Suprema se llevaba bajo el viejo sistema y ahora con su paso a la Fiscalía se empezará a llevar por el nuevo sistema.
La juez señaló contrario a lo que dijeron las víctimas acreditadas que no se puede equiparar la indagatoria en el viejo sistema y la imputación de cargos en el nuevo sistema.
Así las cosas, señaló la juez, la libertad de una persona en el nuevo sistema sólo se puede dar después de la imputación de cargos. Y quien decide si priva de la libertad a alguien es un Juez a petición de la Fiscalía.
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Insistió además que equiparar la indagatoria y la audiencia de imputación afecta el debido proceso y el mismo proceso.
La juez sostuvo que se deben dar garantías al investigado y que su decisión no es arbitraria ni caprichosa.
Este es el sustento de la orden de libertad
La juez además señaló que al pasar de sistema el proceso, la investigación quedó en cabeza de la Fiscalía que debe avanzar en las pesquisas que le permitan llegar a la decisión de imputar o no cargos al expresidente Uribe.
Insistió que no se le puede exigir a la Fiscalía que presente un escrito de acusación sobre un proceso que está conociendo.
Además, enfatizó que no es posible, constitucionalmente, ni admisible, equiparar la indagatoria a la imputación de cargos.
Y esa conclusión permite establecer que no es posible mantener la medida de aseguramiento del expresidente Uribe.
Augumentó que la privación de la libertad es distinta en los dos sistemas y que tampoco se pueden equiparar.
La juez puntualizó, que incluso, en el nuevo sistema hay otras medidas no privativas de la libertad, contrario al viejo sistema. Dijo que en todo caso las decisiones sobre la libertad de una persona se estudian a petición de la Fiscalía.
Con información de EL TIEMPO
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