La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable al Estado colombiano por las violaciones a los derechos políticos de Gustavo Petro, que se vieron afectados como consecuencia de la sanción disciplinaria de destitución como Alcalde Mayor de Bogotá e inhabilitación por el término de 15 años para ocupar cargos públicos, que le fue impuesta por la Procuraduría General el 9 de diciembre de 2013.
EL TIEMPO conoció en exclusiva la sentencia, que aún no le ha sido notificada a Petro, y allí se le da un plazo prudencial a Colombia para que modifique su ordenamiento jurídico interno.
#Sentencia #Petro Urrego Vs. #Colombia 🇨🇴
La Corte determinó que Colombia es responsable por la violación de los derechos políticos y las garantías judiciales del señor Gustavo Francisco Petro Urrego.
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— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) August 18, 2020
El Tribunal concluyó que la vigencia de las normas que facultan a la Procuraduría a imponer dichas sanciones a funcionarios democráticamente electos -así como aquellas que tienen el efecto práctico de producir una inhabilidad en el ejercicio de los derechos políticos como resultado de una decisión de la Contraloría-, constituyen una violación a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Asi mismo, la Corte determinó que en el proceso disciplinario seguido contra de Petro se violó el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunción de inocencia, y el derecho a la defensa.
En consecuencia, la Corte concluyó que el Estado es responsable por la violación al artículo 23 de la Convención Americana en relación con los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, y por la violación a los artículos 8.1 y 8.2.d), en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento.
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