Las parejas homosexuales podrán legalizar su «unión libre» en las mismas condiciones que las heterosexuales gracias a la modificación del reglamento que rige en ese tipo de vínculos en Bolivia, informó este viernes el Tribunal Supremo Electoral (TSE).
EFE
El cambio fundamental está en la redacción anteriormente «enfocada a la unión de parejas de diferente sexo», por lo que ahora se incorporó una «más genérica», explicó el director Nacional del Servicio de Registro Cívico (Serecí), Javier Hinojosa.
Los servicios del Serecí en el país deberán actuar en el marco de esa normativa para que se atiendan las solicitudes de unión entre parejas del mismo sexo «sin que exista tratamiento de interpretación o complicación», señaló.
Hinojosa precisó que el Reglamento de Uniones Libres se modificó después de la notificación que la Sala Plena del TSE recibió por parte del Tribunal Constitucional (TC) a raíz de una sentencia dictada en 2022.
Esos cambios ahora se integran al ordenamiento jurídico «para permitir el registro de uniones de las personas del mismo sexo» con los mismos «requisitos y plazos» que las parejas heterosexuales, apuntó el director nacional del Serecí.
La sentencia constitucional de 2020 se refiere al emblemático caso de David Aruquipa y Guido Montaño, quienes consiguieron el reconocimiento del Registro Cívico boliviano a su unión después de varias negativas y apelaciones jurídicas.
En octubre de 2018, la pareja se presentó ante el Serecí para registrar su unión cumpliendo con los requisitos exigidos a cualquier persona para un trámite que no debería tomar más de unos minutos, pero en su caso se prolongó por dos años.
Un mes después la entidad respondió que no podía validarse ese registro debido a la «inexistencia de normativa y de procedimiento operativo» para realizarse.
A esto siguió, en 2019, la confirmación de esa determinación por parte del entonces director nacional del Serecí.
El paso que siguieron David y Guido ese año fue la presentación de una acción de inconstitucionalidad ante un tribunal en La Paz.
El principal argumento que expusieron fue que en su caso no se aplicó una interpretación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2017 a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconoció las uniones de personas del mismo sexo.
Justamente, en 2020, el Constitucional boliviano concedió en parte la tutela a la pareja y anuló la resolución del Serecí que en una primera instancia desestimó su unión.
El caso representó un hito en la historia de las uniones homosexuales y en los derechos de esa comunidad en el país.
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