Un tribunal de justicia de Ecuador prohibió este viernes salir del país y llevar un grillete electrónico de vigilancia a un taxista acusado de haber provocado uno de los incendios forestales que afectaron a la capital ecuatoriana, Quito, en septiembre pasado.
EFE
La jueza de la causa también ordenó al acusado presentarse periódicamente ante la autoridad, pero evitó dictar su prisión preventiva, con fines de investigación, como había solicitado la Fiscalía.
Según un comunicado del Ministerio Público, la jueza consideró que los elementos de convicción o pruebas presentados por el fiscal a cargo no eran suficientes para justificar la prisión preventiva, por lo que dictó medidas sustitutivas.
Juan Pablo B. F., de 42 años, está imputado de haber prendido fuego a la vegetación en un sector del barrio La Gasca, en el centro-oeste de Quito, lo que provocó un incendio que fue controlado rápidamente por los bomberos.
Según la versión fiscal, el acusado habría prendido fuego a la vegetación seca y boscosa de la zona, con lo que afectó 149 metros cuadrados de terreno y causó daños significativos al ecosistema del lugar.
La Fiscalía presentó en la audiencia judicial un video grabado por unas cámaras de seguridad ubicadas frente al lugar del incendio, en el que se observa cómo el taxista encendió con sus manos un objeto y lo colocó en la vegetación.
La Fiscalía incluyó informes del Instituto Nacional de Biodiversidad que indica que en la zona existen sesenta y siete especies de plantas, cincuenta y dos nativas y quince introducidas, todas ellas impactadas por el fuego.
También presentó el informe técnico sobre el incendio forestal donde se estimó que la restauración del ecosistema afectado costará aproximadamente 600 dólares y el informe de costos operativos de los Bomberos que indicó que la atención de la emergencia ascendió a 1.789 dólares.
“El incendio ha causado conmoción y temor en los habitantes de Quito”, expresó el fiscal encargado del caso, especialmente en un contexto en el que varios incendios forestales surgieron simultáneamente en la ciudad.
El delito de incendios forestales y de vegetación está recogido en el artículo 246 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) e indica que “la persona que provoque directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
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