Los venezolanos que deseen ingresar a Ecuador y sin visa podrán hacerlo hasta el próximo 25 de agosto. Así lo establece el Decreto 826, el cual determina el plazo para el inicio de la exigencia de visa a los ciudadanos que deseen ingresar al país: 30 días contados a partir de la publicación de la normativa en el Registro Oficial.
Dicho Decreto 826, que contempla también una amnistía migratoria para la regularización de venezolanos que ya están en el país, está fechado al jueves 25 de julio del 2019. Solo un día después, la tarde del 26 de julio del 2019, el Decreto 826 (suscrito por el presidente Lenín Moreno) se publicó en el segundo suplemento del Registro Oficial 5.
Según el Decreto, para ingresar a Ecuador los ciudadanos de Venezuela podrán presentar cualquiera de los ocho tipos de visas contemplados en la Ley de Movilidad Humana; entre ellas, la visa humanitaria o la visa especial de turismo. La visa humanitaria no tiene costo.
Los requisitos constan en el artículo 55 del Reglamento de la Ley de Movilidad Humana. Sin embargo, según el Decreto 826, los extranjeros deberán pagar únicamente el valor del formulario de solicitud.
Según la Cancillería, en los últimos cuatro años (hasta mayo del 2019) solo a una persona venezolana accedió a una visa humanitaria, por su carácter de ciudadano que necesita protección.
La visa especial de turismo, en cambio, es “la autorización de permanencia en el país hasta por un año y es para personas que se encuentren en territorio ecuatoriano ciento ochenta días en calidad de turistas (…). Este tipo de visa se podrá solicitar por una sola vez cada cinco años”, precisa el Reglamento de la Ley de Movilidad Humana.
Para el Gobierno, la medida es una respuesta “frente a la profunda crisis que vive Venezuela y el flujo migratorio que ha generado. (…) Naciones Unidas calcula que 500 000 venezolanos vivirán en Ecuador a fin de año. Una migración desordenada pone en riesgo a los propios migrantes y sus derechos pueden verse vulnerados”.
El Decreto 826 prevé la regularización de ciudadanos de Venezuela que ya han ingresado a Ecuador. En ese marco, la nueva normativa contempla la concesión de una amnistía migratoria pero siempre que se cumplan dos condiciones: que hayan registrado su ingreso al país por los puntos migratorios regulares y que no hayan cometido delitos o infringido la ley en Ecuador.