La situación de deterioro, así como el poco acceso a los servicios públicos en los centros carcelarios del país fue mencionado en el reciente informe de La Alta Comisionada de los Derechos Humanos, Michelle Bachelet sobre la situación de Venezuela durante la 45°periodo de sesiones del Consejo de los Derechos Humanos de Naciones Unidas.
apf20.wordpress.com/@annylacle
En el mismo, Bachelet reconoce la implementación de protocolos de bioseguridad relativos al Covid-19 en los centros de detención. Pero también hizo un llamado a mejorar sustantivamente las condiciones de salud, acceso a agua, alimentos y medicamentos, además de garantizar que los detenidos mantengan contactos regulares con los familiares y abogados, de manera física o telefónicamente, así como de explorar medidas alternativas a la privación de libertad.
Para conocer cómo está la situación en los centros de detención preventiva del estado Falcón, dos abogados explicaron a APF 2.0 la situación de deterioro en las infraestructuras, el poco acceso a agua, medicinas y alimentos, además del retardo procesal y la inconstitucionalidad del plan de descongestionamiento que viola el derecho al debido proceso.
Carencia de servicios básicos e infraestructuras en detrimento
En Falcón existen 30 centros de reclusión preventiva de todos los organismos de seguridad del estado: Polifalcón, Cicpc, PNB, GNB (cada uno de sus componentes), Polimiranda y Policarirubana. El abogado penalista Euro Colina detalló que pese al esfuerzo que hacen algunos funcionarios en establecer ciertas condiciones de higiene y de derechos humanos, “no les da por la capacidad o por el deterioro en el que se encuentran desde el punto de vista de las infraestructuras, de la administración, de la falta de personal, las condiciones de deterioro en el que se encuentra el sistema eléctrico, el sistema del agua, eso es un deterioro total en el 85 %, inclusive el 90 % de estos centros penitenciarios, están en un total abandono.”
Colina especificó que solo en el retén de Polifalcón hay más de 150 reos, siendo el centro con mayor número poblacional de privados de libertad, con un reporte de muchas enfermedades y de presos fallecidos por desnutrición sin que se establezcan responsabilidades y violando el artículo 44 de la Constitución, que establece que todo privado de libertad el Estado venezolano debe garantizarle todos sus derechos, incluyendo el derecho a la vida.
En cuanto a los servicios públicos Harold Guerrero, consultor jurídico nacional penitenciario, dijo que la situación es “bastante gris” porque no cuentan con agua, ni alimentos. “En retenes policiales, eso no existe, los privados de libertad están comiendo porque los familiares le llevan los alimentos, están prohibidas las visitas pero si están dejando entrar lo que son los alimentos.”
Sostuvo que el único lugar donde deberían darle alimentación y las medicinas es la Comunidad Penitenciaria, por ser un régimen de orden cerrado, pero no lo están teniendo –de forma real como lo establecen los protocolos de seguridad, acceso al agua, a las medicinas y a la alimentación es bastante forzado–.
Colina agregó que muchos centros de detención no tienen un sistema de agua en óptimas condiciones. El sistema eléctrico de esas infraestructuras es pésimo y eso está en un 100 %. La mayoría no tienen agua por tubería, los familiares de los aprehendidos llevan garrafas de agua para que ellos puedan suministrarse ese vital líquido; desde el punto de vista legal se atenta contra los derechos humanos de estas personas.
Situación actual de la Comunidad Penitenciaria
Pensada como una infraestructura de primer nivel, la Comunidad Penitenciaria presentaba entre todos sus departamentos una zona de medicina legal interna, y se garantizaría la comida de los penados. Sin embargo, Colina quien forma parte del Observatorio penal falconiano expuso que los reos no tienen acceso a la alimentación, pues son los familiares quienes les llevan.
El abogado considera que la Comunidad Penitenciaria se convirtió en un desorden puesto que se violan los derechos humanos, hay casos de desnutrición, personas que ya pagaron condena y todavía permanecen privados de libertad.
Guerreo coincide y añade que aunque se han dado algunas libertades por el plan de descongestión, siguen las irregularidades, muchos privados de libertad con Tuberculosis, enfermedades en la piel y desnutridos. “Aunque se quiera tapar el Sol con un dedo sabemos que hay informaciones reales de que eso está sucediendo en las cárceles, en este caso en la Comunidad Penitenciaria del estado Falcón.”
Más retardo procesal en tiempos de pandemia
Los profesionales del derecho enfatizaron a APF 2.0 que el retardo procesal que existe, data mucho antes de la pandemia y ya era “brutal”, generando más hacinamiento. Hay retardos que van desde un año hasta tres años en personas procesadas esperando el debido proceso o una audiencia preliminar que debe darse en los primeros 60 días, pero hay casos que llevan tres años esperando esa audiencia.
Guerrero indicó que con la pandemia la situación ha empeorado, pues no se están dando las audiencias de presentación, ni de juicio, hay un plan de descongestionamiento de retenes policiales, que a su juicio, es una violación flagrante del derecho al proceso y a la Constitución porque no se le está permitiendo el derecho a la defensa a los detenidos que van a esas audiencias preliminares.
El referido plan no permite que el abogado introduzca los cargos de defensa, ni promueva las pruebas, se obliga al detenido a admitir los hechos o se va a juicio. “Obviamente es una violación flagrante al debido proceso y a la justicia como se debe conocer.”
“No es que quedan en libertad plena, quedan en medidas cautelares, bien sea presentación o un arresto domiciliario o fiadores y sin el proceso a la etapa de juicio,” Harold Guerrero.
Para Euro Colina la pandemia “agudizó el proceso al mil por ciento”, precisó que el retardo procesal se ha dado por la ausencia de personal en los tribunales, desde alguaciles hasta jueces y antes de la pandemia, habían muchos tribunales acéfalos.
Otra causa es la falta de equipos administrativos. No contar con vehículos para que los alguaciles trasladen las boletas que ahora hacen a bolígrafo porque no hay impresora, además de los organismos policiales que no tienen patrullas para trasladar al procesado.
Al igual que Guerrero, Colina rechaza el plan de descongestionamiento por la manera en la cual se ejecuta y asegura que es inconstitucional –allí nada más se debate dos aspectos fundamentales para ellos, el poder judicial– esos aspectos son admitir los hechos o ir a juicio, sin debatir la culpabilidad o no del individuo. “Entonces si esa pena llegara a dar menos de cinco años allí es donde te dan la libertad, pero si esa pena no llega a cinco años tú vas a ejecución de juicio y sigues privado de libertad.”
Rechaza categóricamente el plan porque no cumple la norma, sino que se ejecuta bajo una resolución del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y se aplica al libre albedrío con las condiciones que ellos imponen. Aclaró que es válido implementar el plan ante la situación de pandemia, pero que se debe respetar la norma, el derecho y la Constitución.
“No se cumple la formalidad del artículo 308, 309, 310 y 311 del Código Orgánico Procesal Penal que es debatir, que la juez tome control formal y material de esas acusaciones para debatir si hay nulidades,” Euro Colina.
Casos de COVID-19 en los retenes
Guerrero acotó que hay rumores de que en varios centros de detención hay enfermos con covid, sin embargo, no puede informar de alguno con precisión porque los órganos policiales no están dando el parte real de lo que sucede dentro de esos espacios.
Ante las restricciones por la situación de pandemia, en los recintos carcelarios están limitadas las visitas. Dijo que en la Comunidad Penitenciaria están prohibidas y en el caso de Desur no se permitían antes y ahora tampoco.
Colina afirmó que solo un 10 % de los organismos si permiten con toda la seguridad posible que los abogados tengan acceso, ya que se trata de un derecho constitucional, así lo refleja el artículo 49 del debido proceso y el artículo 127 del Código Orgánico Procesal Penal, –establecen los derechos constitucionales de un procesado o imputado y uno de ellos es comunicarse con su abogado de confianza de manera directa.
Si quieres recibir en tu celular esta y otras informaciones descarga Telegram, ingresa al link https://t.me/albertorodnews y dale click a +Unirme.