El poder judicial militar ha sido un elemento determinante en la estructura para encarcelar y torturar figuras políticas y militares, sospechosos de ser conspiradores en Venezuela. Dos ejemplos relevantes son las jueces militares con el rango de mayores del Ejército Luz Mariela Santafé Acevedo y Claudia Carolina Pérez Benavides de Mogollón. A las que hay que sumar el juez Tercero de Control Militar capitán (GNB) Mickel Angarita Amezquita Pión y los fiscales militares, primeros tenientes Keyla Emilse Ríos Lara e Israel Alfredo Echenique López.
No se cumple el Código Orgánico Procesal Penal (COPP), cuyo artículo 127, reza: “El imputado tendrá los siguientes derechos: 1) Que se le informe de manera específica y clara de los hechos que se le imputan. 2) Comunicarse con sus familiares, abogados de su confianza para informar sobre su detención. 3) Ser asistido desde los actos iniciales de la investigación por un defensor que él o sus parientes señalen y, en su defecto por un defensor público. /…/ 9) No ser sometido a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o denigrantes de su dignidad personal. 10) No ser objeto de técnicas o métodos que alteren su libre voluntad, incluso con su consentimiento”.
En el caso de Amezquita Pión fue el juez ante quien presentaron torturado al capitán de corbeta Rafael Acosta Arévalo, que aunque él envió al hospital ante las condiciones que presentaba y que lo llevaron a la muerte horas después, luce irregular que el juez no haya exigido una inmediata investigación no solo por ese caso sino por el de los otros detenidos, también torturados, junto con el capitán muerto, entre ellos el general de brigada (Av) Miguel Sisco Mora, los coroneles del Ejército Miguel Castillo Cedeño y Francisco Torres Escalona; y el teniente coronel Pedro Caraballo Lira.
El caso quizá más grave es el de la juez Claudia Carolina Pérez Benavides de Mogollón, quien ha incurrido en hechos como aceptar juzgar a civiles en tribunales militares. En el caso de la Operación Armagedón suspendió audiencia preliminar varias veces, desde la presentación el 22 de mayo hasta el 20 de diciembre, cuando ocurrió la audiencia preliminar. Ella maniobró hasta impedirles el acceso a los abogados privados, y así obligó a los oficiales detenidos a aceptar defensores públicos militares que nunca los defendieron realmente.
En esos meses la juez Pérez de Mogollón casi no despachó. Convocaba a las audiencias a las 8 de la mañana y llegaba en la tarde; la mayoría comenzaba después de las 3 PM. Nunca les permitió a las defensas el acceso a los expedientes completos.
Uno de los hechos más evidentes de la parcialidad de la juez Pérez de Mogollón es negarse a dejar constancia de las denuncias de tortura que hacían los militares que eran presentados ante su tribunal. Aunque los detenidos estuvieran con evidencia de haber sido golpeados, maltratados, torturados, ella no recibía la denuncia argumentando que esa no era su competencia.
En las Reglas Mandela aprobadas por las Naciones Unidas, se estipula:
“Todos los reclusos serán tratados con el respeto que merecen su dignidad y valor intrínsecos en cuanto seres humanos. Ningún recluso será sometido a tortura ni a otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, contra los cuales se habrá de proteger a todos los reclusos, y no podrá invocarse ninguna circunstancia como justificación en contrario”.
Los abogados de los detenidos cuentan que todas las fechas de los procedimientos fueron alteradas, también la firma de la orden de detención y las actas extemporáneas.
En algunos casos la juez dos meses después de la audiencia preliminar no había firmado el acto conclusivo. Catorce meses después de haber sido detenidos hay expedientes que aun no pasan al tribunal de juicio.
Tampoco Pérez de Mogollón hace cumplir las medidas cautelares que tienen todos los detenidos de la DGCIM por parte de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDDHH). Además, viola la Constitución al ordenar que permanezcan varios procesados militares y civiles detenidos en los sótanos de la Dgcim, aún cuando eso no es un centro de reclusión.
Pérez de Mogollón salió de permiso natal y durante esos meses no hubo despacho y todo quedó paralizado; los militares detenidos no tenían derecho al debido proceso. Hace una semana la juez primero de Control le entregó el Tribunal, que está en auditoría, al Tcnel Bustamante, porque según dijo la trasladaron para el Tribunal de Ejecución en Maracay, a la vez que le abrieron una investigación interna.
Lo inexplicable es que una juez militar, subalterna del Alto Mando, que recibe órdenes de su superior militar y Comandante en Jefe de la Fuerza Armada esté juzgando a militares acusados de conspiración y que a su vez sea protegida de altos oficiales y hasta la habrían beneficiado con un apartamento de los que da el Gobierno a sus afectos.
La Juez Santafé
Cuando la mayor del Ejército Luz Mariela Santafé Acevedo era la juez del Tribunal Militar Sexto de Control del estado Carabobo, decidía a capricho el destino y la libertad de presos por causas políticas, entre esos militares.
A su despacho llegó el caso del teniente (Ej) Carlos Alberto Matus Ortiz, quien había sido detenido el 10 de mayo 2018. Durante más de un mes permaneció incomunicado, hasta que el 19 de junio le permitieron hacer una llamada y lo llevaron calladamente a la sede de la Dirección de Contrainteligencia Militar en Valencia, estado Carabobo.
La juez no se presentaba al tribunal con la excusa que estaba enferma. Para colmo no le daban al detenido alimentos en DGCIM Valencia; luego de varias denuncias públicas, lo trasladaron al Tribunal Militar de Caracas donde le dieron libertad con régimen de presentación.
Había muchas denuncias contra esa juez que tuvo en sus manos casos relevantes como el de los dirigentes Carlos Graffe y el diputado de la Asamblea Nacional Gilber Caro.
En octubre 2018, poco después de haber hecho una cantidad de acciones contra los derechos de los detenidos y sirviendo a los intereses del Gobierno y de la Dgcim, la mujer huyó a Colombia, con sus dos hijos de 8 y 14 años. Tres días después, en entrevista con la periodista Carla Angola le dijo que “no es secreto para nadie que dentro de las Fuerzas Armadas hay miedo y es difícil para algunas personas (funcionarios) dar una opinión porque esto se convierte en un delito, al no existir una autonomía (de poderes)”.
En enero 2019 Santafé, en entrevista con el periodista Juan Arturo Gómez Tobón de DiarioDeCuba, confesó que decidió abandonar el país porque “no quería seguir avalando decisiones contrarias al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho a la defensa y, sobre todo, violatorias de los derechos humanos”.
Aseguró sentirse arrepentida de “aquellas decisiones de índole político donde violaba el debido proceso, el derecho a la defensa y, a la vez, en las que se introducían en un mismo expediente hechos criminosos y pruebas para acusar a dirigentes políticos, miembros de la Asamblea Nacional y líderes estudiantiles”.
Tomó la decisión, según explicó, porque su vida y la de sus hijos estaban corriendo peligro. “Lo que provocó mi decisión ocurrió en agosto 2018, dentro de la sede de la Brigada Blindada 41, donde fui interceptada con armas largas por militares. Me obligaron a arrodillarme apuntándome a la cabeza”.
Reveló que en el caso de Gilber Caro le fueron sembradas pruebas falsas para su detención y que fue arbitraria la detención del dirigente Carlos Graffe.
Reconoció que “hay militares cubanos dando instrucción dentro de unidades de la Fuerza Armada Bolivariana, y sus miembros viajan regularmente a Cuba a recibirlas. Pero la injerencia principal es de asesoría en inteligencia a las unidades tácticas del Ejercito Bolivariano”.
Por una parte la Dgcim aplica tortura física y psicológica contra los detenidos y sus familiares, pero por la otra la administración de Justicia Militar les niega el debido proceso y los deja en estado de indefensión, con participación del tribunal, como sucedió con las dos mujeres juezas: Luz Mariela Santafé Acevedo y Claudia Carolina Pérez Benavides de Mogollón.