El Gobierno de Nicolás Maduro sanciona como delito y somete al escarnio público a oficiales homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacional. Así lo asegura el presidente de Venezuela Igualitaria, una organización que trabaja por los derechos de la comunidad LGBTIQ en el país.
En una entrevista exclusiva a ND, Giovanni Permattei agregó que, a pesar de que el oficialismo ha mencionado la ley de matrimonio igualitario, no cree que aprueben en la Asamblea Nacional aunque se muestra optimista en que se logre un rango de igualdad con las familias tradicionales en el país.
A continuación nuestra entrevista:
Usted ha dicho vía Twitter que el Código Orgánico de Justicia Militar contiene artículos discriminatorios hacia homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacional y pidió que la la sala constitucional del TSJ resuelva su solicitud sobre la inconstitucionalidad del artículo 565.
– A propósito de las declaraciones del presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, acerca del plan Legislativo nacional que entra en vigencia desde este 2021 donde señaló que se iba a plantear una reforma al Código Orgánico de Justicia Militar, aprovechamos de recordarle a Rodríguez que desde diciembre de 2016 reposa en la sala constitucional del TSJ una demanda popular por inconstitucionalidad del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar.
– Esta demanda fue interpuesta porque dicho artículo habla de que cualquier oficial que cometa actos que lo afrenten o rebajen de su dignidad, o que permita tales actos sin tratar de impedirlos por los medios autorizados por la ley será penado con prisión de 1 a 3 años y separado de las Fuerzas Armadas. Y especifican que la misma pena se aplicará a todo militar que cometa actos sexuales contra natura. En este momento nos damos cuenta que el uso de la expresión “contra natura” se refiere específicamente a la homosexualidad, es decir, sancionan como delito el tener relaciones homosexuales consensuadas por parte de oficiales militares, considerando además que el ser homosexual o tener relaciones homosexuales son hechos que lo rebajan en su dignidad o lo afrentan.
– Esto conlleva a que hagan investigaciones a oficiales que son considerados que cometen este tipo de delitos, o como ellos aclaran “conductas reprochables” y se someten al escarnio público a dichos oficiales. Se someten además a exámenes rigurosos, por ejemplo exámenes anales para verificar si hay restos de sangre, restos de semen, y esto sale en sentencias públicas que cualquier persona puede ver identificando a los sujetos involucrados en el “acto contra natura” como ellos lo califican, con sus nombres apellidos, direcciones, cédulas de identidad y más.
– En razón de este accionar de tribunales militares de las Fanb, nosotros interpusimos esta demanda puesto que con esta acción declaran que la homosexualidad es una acción indigna, una actitud indigna, una conducta indigna y que degrada las personas, por lo tanto, es contradictorio a lo establecido en nuestra Constitución que en su artículo 21 protege a todas las personas contra la discriminación por distintos supuestos de no discriminación como lo son credo, raza, edad, sexo, condición social, etcétera, y en ese etcétera, de acuerdo a la sentencia 190 del año 2008 se incluye la orientación sexual, por lo tanto es un supuesto de no discriminación que está violentando este Código Orgánico de Justicia Militar en su artículo 565.
– Además, al violentar el derecho a su libre desenvolvimiento de la personalidad, el derecho a la no discriminación, el derecho a su intimidad, honor, vida privada, propia imagen, confidencialidad y reputación, entre otros elementos que constituyen principios fundamentales del Estado democrático.
– Es un hecho que nuestra demanda tiene que ser atendida, y sin embargo al haber sido entregada el 7 de diciembre del año 2016, a esta fecha no ha sido ni siquiera admitida la acción, ni siquiera ha sido no admitida tampoco, por lo tanto está en un limbo judicial.
En torno al matrimonio igualitario. ¿Crees que la AN de mayoría oficialista apruebe esta ley?
– Se empeña (el oficialismo) en mencionar desde el Parlamento que es un anteproyecto de ley, pero eso es un proyecto de ley. Consideramos que el Parlamento está en omisión legislativa en torno a ello. El TSJ debe exigir a la AN la puesta en agenda y la discusión del proyecto de ley. Durante ese proyecto de ley, la AN era totalmente chavista y no hicieron nada, jamás tuvimos respuesta positiva en torno a ese proyecto de ley.
– En 2015, Tamara Adrián, quien era diputada suplente en ese momento, y Jesús «Chúo» Torrealba dijeron que la agenda no la imponía Adrián; que la agenda la imponía la Mesa de la Unidad, y decían que el matrimonio igualitario eran temas del primer mundo que no eran temas de prioridad para el país. Vemos que tanto en la AN chavista como la AN opositora no había posibilidad del matrimonio igualitario.
– Si somos optimistas esta nueva AN debería debatir sobre el matrimonio igualitario. También estamos esperando que el TSJ emita sentencia del documento que llevamos en enero de 2015 a la sala constitucional solicitando se declare inconstitucional el artículo 44 del Código Civil, que es el único artículo que específicamente prohíbe las uniones de pareja de igual sexo y género, al establecer que el matrimonio es solo entre un hombre y una mujer, por lo tanto es lo que hay que reformar y no la Constitución. Tenemos expectativas en ese tema. Ese proyecto de ley otorga derechos a millones de personas y da igualdad a toda la ciudadanía, tenga la orientación que tenga. Queremos rango de igualdad con las familias tradicionales.
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