El Partido Comunista de Venezuela (PCV), denunció que el Sistema Automatizado de Postulación (SAP), donde aparece el caso del ciudadano José Tomás Pinto Marrero, está «Inhabilitado y no podrá ser postulado» en la Lista Nacional del PCV para las elecciones a la Asamblea Nacional.
«El PCV ejerció su derecho a participar y postular candidaturas a los comicios parlamentarios cumpliendo oportunamente con cada uno de los procesos requeridos. En efecto, el SAP aceptó en un primer momento todas las postulaciones hechas por nuestra organización. Hemos estado revisando con la Comisión Auxiliar del Buró Político que lleva la asesoría jurídica del proceso electoral. Al analizar todas las variables jurídicas y administrativas, no encontramos razones que justifiquen tal error en el SAP», se lee.
En virtud de ello, se solicita la corrección del error y se respete el derecho de José Pinto a ser postulado.
A continuación el comunicado íntegro:
Caracas, 12 de octubre de 2020.
Ciudadana:
Dra. Indira Alfonzo, Presidenta del CNE.
Demás rectores y rectoras del CNE
Su Despacho.
Sirva la presente para hacerles llegar el saludo de las y los miembros del Buró Político del Comité Central del Partido Comunista de Venezuela (PCV).
Nos dirigimos ante Ustedes a propósito de un error que se produjo el sábado 10 de octubre de 2020 en el Sistema Automatizado de Postulación (SAP), donde aparece el caso del ciudadano José Tomás Pinto Marrero, cédula de identidad N° 3. 710.096, está “Inhabilitado y no podrá ser postulado” en la Lista Nacional del PCV para las elecciones a la Asamblea Nacional prevista para el próximo 6 de diciembre.
El PCV ejerció su derecho a participar y postular candidaturas a los comicios parlamentarios cumpliendo oportunamente con cada uno de los procesos requeridos. En efecto, el SAP aceptó en un primer momento todas las postulaciones hechas por nuestra organización.
Hemos estado revisando con la Comisión Auxiliar del Buró Político que lleva la asesoría jurídica del proceso electoral. Al analizar todas las variables jurídicas y administrativas, no encontramos razones que justifiquen tal error en el SAP, considerando que el mencionado candidato José Pinto no cuenta con ninguna medida de inhabilitación o interdicción civil que se sustente en una “sentencia judicial firme”, tal como lo establece el artículo 42 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Este planteamiento formal, tal como lo indicamos anteriormente, se sustenta en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el Artículo 42, que textualmente indica: “…El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos solo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley.”
En virtud de ello, solicitamos la corrección del error y se respete el derecho del ciudadano José Pinto a ser postulado en calidad de candidato principal a la Asamblea Nacional, en la posición número 9 de la Lista Nacional, a cuyo efecto, de nuevo, se dé por aceptada su postulación.
Al reiterarles nuestra consideración y estima, nos suscribimos de ustedes.
Buró Político del Comité Central Partido Comunistas de Venezuela (PCV).
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