Durante la tarde de ayer lunes 01 de julio, se llevó a cabo la audiencia en contra del diputado de la Asamblea Nacional, Juan Requesens, y en horas de la noche se conoció la decisión de la jueza donde ratificó los cargos en contra del diputado y será llevado a juicio.
El parlamentario es acusado de traición a la patria, homicidio intencional calificado en grado de frustración, homicidio intencional, terrorismo, asociación para delinquir y posesión ilícita de armas y municiones.
A continuación el comunicado de prens:
El Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas con competencia en casos vinculados con delitos asociados al terrorismo con jurisdicción nacional y con competencia para conocer y decidir en delitos asociados al fenómeno de corrupción y delincuencia organizada admitió totalmente la acusación realizada por el Ministerio Público en contra de Juan Requesens por la comisión de los delitos de instigación pública continuada; traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración; terrorismo; asociación para delinquir y posesión ilícita de armas y municiones; y se acordó mantener sobre éste la medida privativa de libertad y las medidas innominadas de bloqueo e inmovilización de cuentas y prohibición de enajenar y gravar, así como el pase a la fase de juicio.
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También el Tribunal admitió la acusación realizada por el Ministerio Público en contra de: Brayan de Jesús Oropeza; Alejandro Pérez; Yanin Pernía; Pedro Javier Zambrano; Yolmer Escalona; Emilendris Benítez; Alberto Bracho; Argenis Valero; Juan Carlos Monasterio; Héctor Hernández y Henriber Rivas por los delitos de instigación pública continuada; traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración; terrorismo, asociación para delinquir; lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas y daños violentos a la propiedad.
En el caso de Oswaldo Javier Castillo Lunar el Juzgado le admitió los delitos de instigación pública continuada; traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro; el delito de homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración; terrorismo y asociación para delinquir.
Asimismo, el Tribunal admitió el delito de encubrimiento en el delito de terrorismo para Winder Anderson Vásquez Velasco. Para Ángela Expósito Carrillo se admitieron los delitos por encubrimiento en el delito de terrorismo y financiamiento al terrorismo y asociación.
Sobre el ciudadano José Eloy Rivas Días, se admitió parcialmente la acusación en relación al delito de financiamiento, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en relación con el artículo 254 del Código Penal, siendo sobreseído de los delitos de traición a la patria; homicidio intencional calificado en grado de frustración en la persona del Presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro; homicidio intencional calificado ejecutado con alevosía y por motivos fútiles en grado de frustración; terrorismo; asociación para delinquir; lanzamiento de artefacto explosivo en reuniones públicas y daños violentos a la propiedad. El Juzgado acordó mantener la medida privativa de libertad para todos los acusados y las medidas innominadas de bloqueo e inmovilización de cuentas y prohibición de enajenar y gravar.
Nota de prensa