El siguiente análisis de la “Ley contra el fascismo desde una perspectiva de derechos humanos, excluyendo el componente jurídico pues un análisis legal será objeto, con mayor precisión y detalle, por organizaciones con mandato específico en el derecho al acceso a la justicia.
Por PROVEA
El 25.03.24 Delcy Rodríguez anunció a través de su cuenta X (Twitter) que “El pdte @NicolasMaduro ha decidido crear una Alta Comisión de Estado contra el Fascismo y el Neofascismo para que presente a la brevedad a la @Asamblea_Ven un Proyecto de Ley contra el Fascismo y toda expresión neofascista en el ejercicio de la política y la vida nacional”.
En su mensaje la vicepresidenta expresó sin ambigüedades quienes serían objetivos de la normativa: a) Personas involucradas en las protestas de los años 2014, 2015 y 2017; b) Sectores y actores vinculados a la Asamblea Nacional del año 2015, de mayoría opositora; c) Sectores y actores vinculados al gobierno de Estados Unidos: “expresiones neofascistas enconadas en centros de poder al servicio del norte global”. Rodríguez reafirmó estas intenciones en un mensaje del 02.03.24, luego de la entrega del proyecto de ley a la Asamblea Nacional:
“Detener el fascismo en el mundo es una tarea impostergable por el bien de la humanidad, porque no solo se manifiesta en expresiones de odio, violencia y muerte, sino también en formas de fascismo económico, como el bloqueo criminal impuesto contra Venezuela”.
Aunque los medios han informado que la ley se ha promovido por orden del propio Maduro, hasta ahora este funcionario no ha realizado ninguna opinión o declaración sobre la propuesta de ley. Sobre el término genérico “fascismo”, su declaración más reciente ocurrió el 24.01.24: “si algún día el fascismo me hiciera algún daño, o un atentado, dejo en sus manos lo que tengan que hacer para reponer la Paz y la Justicia! Llegado el caso ¡Activen la Furia Bolivariana!”. Otros funcionarios sí han tenido mensajes sobre el proyecto de ley.
Jorge Rodríguez expresó el 03.04.24 “Hemos aprobado en primera discusión el Proyecto de Ley Contra el Fascismo, con el objeto de castigar, bajo las leyes de la República, a quienes incurran en el pesado delito de discriminar al prójimo por su color de piel, elección de género o ideología política”. El 24.01.24 Vladimir Padrino López expresó: “La estabilidad política, la recuperación económica y la paz que vive Venezuela hay que cuidarlas con tino, celo y determinación. Hoy, cuando una facción subversiva pretende traer nuevamente odio y violencia, el Estado debe blindarse en lo moral y en lo institucional contra el fascismo y el neofascismo ¡Cuenten con la #FANB en esta tarea!”. El ministro de comunicación.
Freddy Ñañez ha estado activo en emisión de mensajes sobre la ley: “Frenar la expansión y legitimación del fascismo en el mundo, es una responsabilidad ineludible de la humanidad. Y la principal tarea que tenemos hoy los países democráticos, consiste en desenmascarar las nuevas formas que han adoptado el fascismo y el nazismo, para combatirlos en el terreno de la cultura, de la comunicación, de la educación, de la política y de las leyes”, del 02.04.24; “¿Qué defienden los que se oponen a una ley contra el fascismo? El “derecho a” discriminar, violentar, perseguir, mentir, estigmatizar y suprimir al otro por su diferencia étnica, nacional, social, cultural, política, sexual; ¡no existe! ¡La supremacía es un delirio, no un derecho!” del 03.04.24.
En rigor, en Venezuela no existen movimientos de ultraderecha, pro-nazis o de nacionalismo radical que justifiquen la promulgación de una ley con tipificación de delitos de esa ideología. Lo expresado por los funcionarios es que se pretenden penalizar retroactivamente conductas que ocurrieron previas a la aprobación de la ley. La norma está compuesta por 30 artículos, agrupadas en 4 capítulos.
Las penas previstas son prisión de 8 a 12 años para quien realice “actos fascistas”, prisión de 6 a 10 años de prisión a toda persona que haga apología o promueva los principios, hechos y métodos propios del fascismo”, multa de entre cincuenta mil a cien mil veces el tipo de cambio de mayor valor publicado en el BCV a las personas naturales o jurídicas “que financien o apoyen materialmente -a quienes- hagan apología o se fundamenten en el fascismo…”. Los medios que vulneren la normativa serían sancionados con “la revocatoria de la concesión”, y si son medios electrónicos o impresos una multa equivalente a entre cincuenta mil y cien mil veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el BCV.
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