Los abogados de la petrolera estatal venezolana Pdvsa no pudieron probar que las sanciones habían imposibilitado honrar sus compromisos de pago.
Petróleos de Venezuela (Pdvsa) tendrá que pagar más de 40 millones de dólares a una empresa portuguesa luego de que el régimen de Nicolás Maduro incumpliera con un pagaré.
La empresa demandante, Cimontubo – Tubagens E Soldadura, LDA, dedicada a la instalación de oleoductos, presentó un recurso de sentencia sumaria en una corte del Distrito Sur de Nueva York.
La demanda es contra contra la estatal Pdvsa que incumplió con un pago por $35.720.631,43. También está demandada Pdvsa Petróleo, SA, una filial de la estatal venezolana que actuaba como garante de la nota de pago incumplida.
Los representantes de la petrolera venezolana alegaron que no tuvieron acceso a los documentos o al personal necesarios. No hubo cooperación por parte de los funcionarios del régimen venezolano que encabeza Nicolás Maduro.
En diciembre de 2020, el tribunal concedió en parte y denegó en parte la solicitud de permiso de los abogados de Pdvsa para realizar pruebas. El tribunal permitió solo pesquisas limitadas en dos bancos portugueses.
En esas instituciones financieras debían recabar prueba de los intentos de transferencias electrónicas entre las partes que no fueran respetados por los bancos. Ese paso era fundamental porque en ese momento debían demostrar que las sanciones de EEUU contra Pdvsa habían impedido cumplir con el pagaré.
En el juicio sumario el tribunal sostuvo que al demostrar la falta de pago, el demandante cumplió con esa carga de pruebas necesaria para obtener un veredicto favorable. Cimontubo también probó el incumplimiento de garante (En este caso la filial Pdvsa Petróleo) en virtud de la garantía.
El proceso quedó en manos de los demandados. Debían plantear una cuestión de hecho comprobable en forma de una defensa de buena fe contra la nota.
Pero, Pdvsa y su filial no hicieron eso. Volvieron a solicitar tiempo adicional para recabar más pruebas. El tribunal rechazó esta solicitud, señalando que la única evidencia que los Demandados habían descubierto hasta la fecha era inconsistente con una defensa de imposibilidad.
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